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Preámbulo
- La doctrina
de la justificación tuvo una importancia capital para la reforma luterana
del siglo XVI. De hecho, sería el «artículo primero y principal» (1),
a la vez «rector y juez de las demás doctrinas cristianas» (2).
La versión entonces fue sostenida y defendida en particular por su
singular apreciación contra la teología y la iglesia católicas romanas
de la época que, a su vez, sostenían y defendían una doctrina de la
justificación de otra índole. Desde la perspectiva de la Reforma,
la justificación era la raíz de todos los conflictos, y tanto en las
Confesiones luteranas (3) como en el Concilio de
Trento de la Iglesia católica romana hubo condenas de una y otra doctrinas.
Esta últimas siguen vigentes, provocando divisiones dentro de la Iglesia.
- Para la tradición
luterana, la doctrina de la justificación conserva esa condición particular.
De ahí que desde un principio, ocupara un lugar preponderante en el
diálogo oficial luterano-católico romano.
- Al respecto,
les remitimos a los informes «The Gospel and the Church» (1972) (4)
y «Church and Justification» (1994) (5) de la Comisión
luterano-católica romana; «Justificación by Faith» (1983) (6)
del Diálogo luterano-católico romano de los Estados Unidos y «The
Condemnations of the Reformation Era - Do They Still Divide?» (1986)
(7) del Grupo de trabajo ecuménico de teólogos protestantes
y católicos de Alemania. Las iglesias han acogido oficialmente algunos
de estos informes de los diálogos; ejemplo importante de esta acogida
es la respuesta vinculante que en 1994 dio la Iglesia Evangélica Unida
de Alemania al estudio «Condemnations» al más alto nivel posible de
reconocimiento eclesiástico, junto con las demás iglesias de la Iglesia
evangélica de Alemania (8).
- Respecto a los
debates sobre la doctrina de la justificación, tanto enfoques y conclusiones
de los informes de los diálogos como las respuestas trasuntan un alto
grado de acuerdo. Por lo tanto, ha llegado la hora de hacer acopio
de los resultados de los diálogos sobre esta doctrina y resumirlos
para informar a nuestras iglesias acerca de los mismos a efectos de
que puedan tomar las consiguientes decisiones vinculantes.
- Una de las finalidades
de la presente Declaración conjunta es demostrar que a partir de este
diálogo, las iglesias luterana y católica romana (9)
se encuentran en posición de articular una interpretación común de
nuestra justificación por la gracia de Dios mediante la fe en Cristo.
Cabe señalar que no engloba todo lo que una y otra iglesia enseñan
acerca de la justificación, limitándose a recoger el consenso sobre
las verdades básicas de dicha doctrina y demostrando que las diferencias
subsistentes en cuanto a su explicación, ya no dan lugar a condenas
doctrinales.
- Nuestra declaración
no es un planteamiento nuevo o independiente de los informes de los
diálogos y demás documentos publicados hasta la fecha; tampoco los
sustituye. Más bien, tal y como lo demuestra la lista de fuentes que
figura en el anexo, se nutre de los mismos y de los argumentos expuestos
en ellos.
- Al igual que
los diálogos en sí, la presente Declaración conjunta se funda en la
convicción de que al superar las cuestiones controvertidas y las condenas
doctrinales de otrora, las iglesias no toman estas últimas a la ligera
y reniegan su propio pasado. Por el contrario, la declaración está
impregnada de la convicción de que en sus respectivas historias, nuestras
iglesias han llegado a nuevos puntos de vista. Hubo hechos que no
solo abrieron el camino sino que también exigieron que las iglesias
examinaran con nuevos ojos aquellas condenas y cuestiones que eran
fuente de división.
1. EL MENSAJE
BIBLICO DE LA JUSTIFICACION
- Nuestra escucha
común de la palabra de Dios en las Escrituras ha dado lugar a nuevos
enfoques. Juntos oímos lo que dice el Evangelio: «De tal manera amó
Dios al mundo, que ha dado a su Hijo unigénito para que todo aquel
que en él cree no se pierda sino que tenga vida eterna» (San Juan
3, 16). Esta buena nueva se plantea de diversas maneras en las Sagradas
Escrituras. En el Antiguo Testamento escuchamos la palabra de Dios
acerca del pecado (Sal 51, 1-1; Dn 9, 5 y ss; Ec 8, 9 y ss; Esd 9;6
y ss) y la desobediencia humanos (Gn 3, 1-19 y Neh 9, 16-26), así
como la «justicia» (Is 46, 13; 51, 5-8; 56, 1; cf. 53, 11; Jer 9,
24) y el «juicio» de Dios (Ec 12, 14; Sal 9,5 y ss; y 76, 7-9).
- En el Nuevo
Testamento se alude de diversas maneras a la «justicia» y la «justificación»
en los escritos de San Mateo (5,10; 6, 33 y 21, 32), San Juan (16,
8-11); Hebreos (5, 1-3 y 10, 37-38), y Santiago (2, 14-26) (10). En las epístolas de San Pablo también se describe
de varias maneras el don de la salvación, entre ellas: «Estad pues,
firmes en la libertad con que Cristo nos hizo libres» (Gá 5, 1-13,
cf. Ro 5, 11); «tenemos paz para con Dios» (Ro 6, 11-23) y «santificados
en Cristo Jesús» (1 Co 1, 2 y 1, 31; 2 Co 1, 1). A la cabeza de todas
ellas está la «justificación» del pecado de los seres humanos por
la gracia de Dios por medio de la fe (Ro 3, 23-25) que cobró singular
relevancia en el período de la Reforma.
- San Pablo asevera
que el Evangelio es poder de Dios para la salvación de quien ha sucumbido
al pecado; mensaje que proclama que «la justicia de Dios se revela
por fe y para fe» (Ro 1, 16-17) y ello concede la «justificación»
(Ro 3, 21-31). Proclama a Jesucristo «nuestra justificación» (1 Co
1, 30) atribuyendo al Señor resucitado lo que Jeremías proclama de
Dios mismo (23, 6). En la muerte y resurrección de Cristo están arraigadas
todas las dimensiones de su labor redentora porque él es «Señor nuestro,
el cual fue entregado por nuestras transgresiones, y resucitado para
nuestra justificación» (Ro 4, 25). Todo ser humano tiene necesidad
de la justicia de Dios «por cuanto todos pecaron y están destituidos
de la gloria de Dios» (Ro 1, 18; 2, 23 3, 22; 11, 32 y Gá 3, 22).
En Gálatas 3, 6 y Romanos 4, 3-9, San Pablo entiende que la fe de
Abraham (Gn 15, 6) es fe en un Dios que justifica al pecador y recurre
al testimonio del Antiguo Testamento para apuntalar su prédica de
que la justicia le será reconocida a todo aquel que, como Abraham,
crea en la promesa de Dios. «Mas el justo por la fe vivirá» (Ro 1,
17 y Hab 2, 4, cf. Gá 3, 11). En las epístolas de San Pablo, la justicia
de Dios también es poder para aquellos que tienen fe (Ro 1, 17 y 2
Co 5, 21). Él hace de Cristo justicia de Dios para el creyente (2
Co 5, 21). La justificación nos llega a través de Cristo Jesús «a
quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre»
(Ro 3, 2, véase 3, 21-28). «Porque por gracia sois salvos por medio
de la fe; y esto no de vosotros, pues es don de Dios. No por obras...»
(Ef 2, 8-9).
- La justificación
es perdón de los pecados (cf. Ro 3, 23-25; Hechos 13, 39 y San Lucas
18, 14), liberación del dominio del pecado y la muerte (Ro 5, 12-21)
y de la maldición de la ley (Gá 3, 10-14) y aceptación de la comunión
con Dios: ya pero no todavía plenamente en el reino de Dios a venir
(Ro 5, 12). Ella nos une a Cristo, a su muerte y resurrección (Ro
6, 5). Se opera cuando acogemos al Espíritu Santo en el bautismo,
incorporándonos al cuerpo que es uno (Ro 8, 1-2 y 9-11; y 1 Co 12,
12-13). Todo ello proviene solo de Dios, por la gloria de Cristo y
por gracia mediante la fe en «el Evangelio del Hijo de Dios» (Ro 1,
1-3).
- Los justos viven
por la fe que dimana de la palabra de Cristo (Ro 10, 17) y que obra
por el amor (Gá 5, 6), que es fruto del Espíritu (Gá 5, 22) pero como
los justos son asediados desde dentro y desde fuera por poderes y
deseos (Ro 8, 35-39 y Gá 5, 16-21) y sucumben al pecado (1 Jn 1, 8
y 10) deben escuchar una y otra vez las promesas de Dios y confesar
sus pecados (1 Jn 1, 9), participar en el cuerpo y en la sangre de
Cristo y ser exhortados a vivir con justicia, conforme a la voluntad
de Dios. De ahí que el Apóstol diga a los justos «...ocupaos en vuestra
salvación por temor y temblor, porque Dios es el que en vosotros produce
así el querer como el hacer, por su buena voluntad» (Flp 2, 12-13).
Pero ello no invalida la buena nueva: «Ahora, pues, ninguna condenación
hay para los que están en Cristo Jesús» (Ro 8, 1) y en quienes Cristo
vive (Gá 2, 20). Por la justicia de Cristo «vino a todos los hombres
la justificación que produce vida» (Ro 5, 18).
2. LA DOCTRINA
DE LA JUSTIFICACION EN CUANTO PROBLEMA ECUMENICO
- En el siglo
XVI, las divergencias en cuanto a la interpretación y aplicación del
mensaje bíblico de la justificación no solo fueron la causa principal
de la división de la iglesia occidental, también dieron lugar a las
condenas doctrinales. Por lo tanto, una interpretación común de la
justificación es indispensable para acabar con esa división. Mediante
el enfoque apropiado de estudios bíblicos recientes y recurriendo
a métodos modernos de investigación sobre la historia de la teología
y los dogmas, el diálogo ecuménico entablado después del Concilio
Vaticano II ha permitido llegar a una convergencia notable respecto
a la justificación, cuyo fruto es la presente Declaración conjunta
que recoge el consenso sobre los planteamientos básicos de la doctrina
de la justificación. A la luz de dicho consenso, las respectivas condenas
doctrinales del siglo XVI ya no se aplican a los interlocutores de
nuestros días.
3. LA INTERPRETACION
COMUN DE LA JUSTIFICACION
- Las iglesias
luterana y católica romana han escuchado juntas la buena nueva proclamada
en la Sagradas Escrituras. Esta escucha común, junto con las conversaciones
teológicas mantenidas en estos últimos años, forjaron una interpretación
de la justificación que ambas comparten. Dicha interpretación engloba
un consenso sobre los planteamientos básicos que, aun cuando difieran,
las explicaciones de las respectivas declaraciones no contradicen.
- En la fe, juntos
tenemos la convicción de que la justificación es obra del Dios trino.
El Padre envió a su Hijo al mundo para salvar a los pecadores. Fundamento
y postulado de la justificación es la encarnación, muerte y resurrección
de Cristo. Por lo tanto, la justificación significa que Cristo es
justicia nuestra, en la cual compartimos mediante el Espíritu Santo,
conforme con la voluntad del Padre. Juntos confesamos: «Sólo por gracia
mediante la fe en Cristo y su obra salvífica y no por algún mérito
nuestro, somos aceptados por Dios y recibimos el Espíritu Santo que
renueva nuestros corazones, capacitándonos y llamándonos a buenas
obras» (11).
- Todos los seres
humanos somos llamados por Dios a la salvación en Cristo. Sólo a través
de Él somos justificados cuando recibimos esta salvación en fe. La
fe es en sí don de Dios mediante el Espíritu Santo que opera en palabra
y sacramento en la comunidad de creyente y que, a la vez, les conduce
a la renovación de su vida que Dios habrá de consumar en la vida eterna.
- También compartimos
la convicción de que el mensaje de la justificación nos orienta sobre
todo hacia el corazón del testimonio del Nuevo Testamento sobre la
acción redentora de Dios en Cristo: nos dice que en cuanto pecadores
nuestra nueva vida obedece únicamente al perdón y la misericordia
renovadora que de Dios imparte como un don y nosotros recibimos en
la fe y nunca por mérito propio cualquiera que éste sea.
- Por consiguiente,
la doctrina de la justificación que recoge y explica este mensaje
es algo más que un elemento de la doctrina cristiana y establece un
vínculo esencial entre todos los postulados de la fe que han de considerarse
internamente relacionados entre sí. Constituye un criterio indispensable
que sirve constantemente para orientar hacia Cristo el magisterio
y la práctica de nuestras iglesias. Cuando los luteranos resaltan
el significado sin parangón de este criterio, no niegan la interrelación
y el significado de todos los postulados de la fe. Cuando los católicos
se ven ligados por varios criterios, tampoco niegan la función peculiar
del mensaje de la justificación. Luteranos y católicos compartimos
la meta de confesar a Cristo en quien debemos creer primordialmente
por ser el solo mediador (1 Ti 2, 5-6) a través de quien Dios se da
a sí mismo en el Espíritu Santo y prodiga sus dones renovadores.
4. EXPLICACION
DE LA INTERPRETACION COMUN DE LA JUSTIFICACION
4.a. La
impotencia y el pecado humanos respecto a la justificación
- Juntos confesamos
que en lo que atañe a su salvación, el ser humano depende enteramente
de la gracia redentora de Dios. La libertad de la cual dispone respecto
a las personas y a las cosas de este mundo no es tal respecto a la
salvación porque por ser pecador depende del juicio de Dios y es incapaz
de volverse hacia él en busca de redención, de merecer su justificación
ante Dios o de acceder a la salvación por sus propios medios. La justificación
es obra de la sola gracia de Dios. Puesto que católicos y luteranos
lo confesamos juntos, es válido decir que:
- Cuando los católicos
afirman que el ser humano «coopera», aceptando la acción justificadora
de Dios, consideran que esa aceptación personal es en sí un fruto
de la gracia y no una acción que dimana de la innata capacidad humana.
- Según la enseñanza
luterana, el ser humano es incapaz de contribuir a su salvación porque
en cuanto pecador se opone activamente a Dios y a su acción redentora.
Los luteranos no niegan que una persona pueda rechazar la obra de
la gracia, pero aseveran que sólo puede recibir la justificación 'pasivamente',
lo que excluye toda posibilidad de contribuir a la propia justificación
de negar que el creyente participa plena y personalmente en su fe,
que se realiza por la Palabra de Dios.
4.b. La justificación en cuanto perdón del pecado y fuente de justicia
- Juntos confesamos
que la gracia de Dios perdona el pecado del ser humano y, a la vez,
lo libera del poder avasallador del pecado, confiriéndole el don de
una nueva vida en Cristo. Cuando los seres humanos comparten en Cristo
por fe, Dios ya no les imputa sus pecados y mediante el Espíritu Santo
les transmite un amor activo. Estos dos elementos del obrar de la
gracia de Dios no han de separarse porque los seres humanos están
unidos por la fe en Cristo que personifica nuestra justificación (1
Co 1, 30), perdón del pecado y presencia redentora de Dios. Puesto
que católicos y luteranos lo confesamos juntos, es válido decir que:
- Cuando los luteranos
ponen el énfasis en que la justicia de Cristo es justicia nuestra,
por ello entienden insistir sobre todo en que la justicia ante Dios
en Cristo le es garantizada al pecador mediante la declaración de
perdón y tan sólo en la unión con Cristo su vida es renovada. Cuando
subrayan que la gracia de Dios es amor redentor («el favor de Dios»)
(12) no por ello niegan la renovación de la vida del cristiano.
Más bien quieren decir que la justificación está exenta de la cooperación
humana y no depende de los efectos renovadores de vida que surte la
gracia en el ser humano.
- Cuando los católicos
hacen hincapié en la renovación de la persona desde dentro al aceptar
la gracia impartida al creyente como un don (13),
quieren insistir en que la gracia del perdón de Dios siempre conlleva
un don de vida nueva que en el Espíritu Santo, se convierte en verdadero
amor activo. Por lo tanto, no niegan que el don de la gracia de Dios
en la justificación sea independiente de la cooperación humana.
4.c. Justificación por fe y por gracia
- Juntos confesamos
que el pecador es justificado por la fe en la acción salvífica de
Dios en Cristo. Por obra del Espíritu Santo en el bautismo, se le
concede el don de salvación que sienta las bases de la vida cristiana
en su conjunto. Confían en la promesa de la gracia divina por la fe
justificadora que es esperanza en Dios y amor por él. Dicha fe es
activa en el amor y, entonces, el cristiano no puede ni debe quedarse
sin obras, pero todo lo que en el ser humano antecede o sucede al
libre don de la fe no es motivo de justificación ni la merece.
- Según la interpretación
luterana, el pecador es justificado sólo por la fe ('sola fide').
Por fe pone su plena confianza en el Creador y Redentor con quien
vive en comunión. Dios mismo insufla esa fe, generando tal confianza
en su palabra creativa. Porque la obra de Dios es una nueva creación,
incide en todas las dimensiones del ser humano, conduciéndolo a una
vida de amor y esperanza. En la doctrina de la «justificación por
la sola fe» se hace una distinción entre la justificación propiamente
dicha y la renovación de la vida que forzosamente proviene de la justificación,
sin la cual no existe la fe, pero ello no significa que se separen
una y otra. Por consiguiente, se da el fundamento de la renovación
de la vida que proviene del amor que Dios otorga al ser humano en
la justificación. Justificación y renovación son una en Cristo quien
está presente en la fe.
- En la interpretación
católica también se considera que la fe es fundamental en la justificación.
Porque sin fe no puede haber justificación. El ser humano es justificado
mediante el bautismo en cuanto oyente y creyente de la palabra. La
justificación del pecador es perdón de los pecados y volverse justo
por la gracia justificadora que nos hace hijos de Dios. En la justificación,
el justo recibe de Cristo la fe, la esperanza y el amor, que lo incorporan
a la comunión con él (14). Esta nueva relación personal
con Dios se funda totalmente en la gracia y depende constantemente
de la obra salvífica y creativa de Dios misericordioso que es fiel
a sí mismo para que se pueda confiar en él. De ahí que la gracia justificadora
no sea nunca una posesión humana a la que se puede apelar ante Dios.
La enseñanza católica pone el énfasis en la renovación de la vida
por la gracia justificadora; esta renovación en la fe, la esperanza
y el amor siempre depende de la gracia insondable de Dios y no contribuye
en nada a la justificación de la cual se podría hacer alarde ante
Él (Ro 3, 27).
4.d. El pecador justificado
- Juntos confesamos
que en el bautismo, el Espíritu Santo nos hace uno en Cristo, justifica
y renueva verdaderamente al ser humano, pero el justificado, a lo
largo de toda su vida, debe acudir constantemente a la gracia incondicional
y justificadora de Dios. Por estar expuesto, también constantemente,
al poder del pecado y a sus ataques apremiantes (cf. Ro 6, 12-14),
el ser humano no está eximido de luchar durante toda su vida con la
oposición a Dios y la codicia egoísta del viejo Adán (cf. Gá 5, 16
y Ro 7, 7-10). Asimismo, el justificado debe pedir perdón a Dios todos
los días, como en el Padrenuestro (Mt 6, 12 y 1 Jn 1, 9), y es el
llamado incesantemente a la conversión y la penitencia, y perdonado
una y otra vez.
- Los luteranos
entienden que ser cristiano es ser «al mismo tiempo justo y pecador».
El creyente es plenamente justo porque Dios le perdona sus pecados
mediante la Palabra y el Sacramento, y le concede la justicia de Cristo
que él hace suya en la fe. En Cristo, el creyente se vuelve justo
ante Dios pero viéndose a sí mismo, reconoce que también sigue siendo
totalmente pecador; el pecado sigue viviendo en él (1 Jn 1, 8 y Ro
7, 17-20), porque se torna una y otra vez hacia falsos dioses y no
ama a Dios con ese amor íntegro que debería profesar a su Creador
(Dt 6, 5 y Mt 22, 36-40). Esta oposición a Dios es en sí un verdadero
pecado pero su poder avasallador se quebranta por mérito de Cristo
y ya no domina al cristiano porque es dominado por Cristo a quien
el justificado está unido por la fe. En esta vida, entonces, el cristiano
puede llevar una existencia medianamente justa. A pesar del pecado,
el cristiano ya no está separado de Dios porque renace en el diario
retorno al bautismo, y a quien ha renacido por el bautismo y el Espíritu
Santo, se le perdona ese pecado. De ahí que el pecado ya no conduzca
a la condenación y la muerte eterna (15). Por lo
tanto, cuando los luteranos dicen que el justificado es también pecador
y que su oposición a Dios es un pecado en sí, no niegan que, a pesar
de ese pecado, no sean separados de Dios y que dicho pecado sea un
pecado «dominado». En estas afirmaciones coinciden con los católicos
romanos, a pesar de la diferencia de interpretación del pecado en
el justificado.
- Los católicos
mantienen que la gracia impartida por Jesucristo en el bautismo lava
de todo aquello que es pecado «propiamente dicho» y que es pasible
de «condenación» (Ro 8, 1) (16). Pero de todos modos,
en el ser humano queda una propensión (concupiscencia) que proviene
del pecado y compele al pecado. Dado que según la convicción católica,
el pecado siempre entraña un elemento personal y dado que este elemento
no interviene en dicha propensión, los católicos no la consideran
pecado propiamente dicho. Por lo tanto, no niegan que esta propensión
no corresponda al designio inicial de Dios para la humanidad ni que
esté en contradicción con Él y sea un enemigo que hay que combatir
a lo largo de toda la vida. Agradecidos por la redención en Cristo,
subrayan que esta propensión que se opone a Dios no merece el castigo
de la muerte eterna ni aparta de Dios al justificado. Ahora bien,
una vez que el ser humano se aparta de Dios por voluntad propia, no
basta con que vuelva a observar los mandamientos ya que debe recibir
perdón y paz en el Sacramento de la Reconciliación mediante la palabra
de perdón que le es dado en virtud de la labor reconciliadora de Dios
en Cristo.
4.e. Ley y Evangelio
- Juntos confesamos
que el ser humano es justificado por la fe en el Evangelio «sin las
obras de la Ley» (Ro 3, 28). Cristo cumplió con ella y, por su muerte
y resurrección, la superó cuanto medio de salvación. Asimismo, confesamos
que los mandamientos de Dios conservan toda su validez para el justificado
y que Cristo, mediante su magisterio y ejemplo, expresó la voluntad
de Dios que también es norma de conducta para el justificado.
- Los luteranos
declaran que para comprender la justificación es preciso hacer una
distinción y establecer un orden entre ley y Evangelio. En teología,
ley significa demanda y acusación. Por ser pecadores, a lo largo de
la vida de todos los seres humanos, cristianos incluidos, pesa esta
acusación que revela su pecado para que mediante la fe en el Evangelio
se encomienden sin reservas a la misericordia de Dios en Cristo que
es la única que los justifica.
- Puesto que la
ley en cuanto medio de salvación fue cumplida y superada a través
del Evangelio, los católicos pueden decir que Cristo no es un «legislador»
como lo fue Moisés. Cuando los católicos hacen hincapié en que el
justo está obligado a observar los mandamientos de Dios, no por ello
niegan que mediante Jesucristo, Dios ha prometido misericordiosamente
a sus hijos, la gracia de la vida eterna (18).
4. f Certeza de salvación
- Juntos confesamos
que el creyente puede confiar en la misericordia y en las promesas
de Dios. A pesar de su propia flaqueza y de las múltiples amenazas
que acechan su fe, en virtud de la muerte y resurrección de Cristo
puede edificar a partir de la promesa efectiva de la gracia de Dios
en la Palabra y el Sacramento y estar seguros de esta gracia.
- Los reformadores
pusieron un énfasis particular en ello: en medio de la tentación,
el creyente no debería mirarse a sí mismo sino contemplar únicamente
a Cristo y confiar tan sólo en Él. Al confiar en la promesa de Dios,
tiene la certeza de su salvación que nunca tendrá mirándose a sí mismo.
- Los católicos
pueden compartir la preocupación de los reformadores por arraigar
la fe en la realidad objetiva de la promesa de Cristo, prescindiendo
de la propia experiencia y confiando sólo en la Palabra de perdón
de Cristo (cf. Mt 16, 19 y 18, 18). Con el Concilio Vaticano II, los
católicos declaran: Tener fe es encomendarse plenamente a Dios (19)
que nos libera de la oscuridad del pecado y la muerte y nos despierta
a la vida eterna (20). Al respecto, cabe señalar
que no se puede creer en Dios y, a la vez, considerar que la divina
promesa es indigna de confianza. Nadie puede dudar de la misericordia
de Dios ni del mérito de Cristo. No obstante, todo ser humano puede
interrogarse acerca de su salvación, al constatar sus flaquezas e
imperfecciones. Ahora bien, reconociendo sus propios defectos puede
tener la certeza de que Dios ha previsto su salvación.
4.g. Las buenas obras del justificado
- Juntos confesamos
que las buenas obras, una vida cristiana de fe, esperanza y amor,
surgen después de la justificación y son fruto de ella. Cuando el
justificado vive en Cristo y actúa en la gracia que le fue concedida,
en términos bíblicos, produce buen fruto. Dado que el cristiano lucha
contra el pecado toda su vida, esta consecuencia de la justificación
también es para él un deber que debe cumplir. Por consiguiente, tanto
Jesús como los escritos apostólicos amonestan al cristiano a producir
las obras del amor.
- Según la interpretación
católica, las buenas obras, posibilitadas por obra y gracia del Espíritu
Santo, contribuyen a crecer en gracia para que la justicia de Dios
sea preservada y se ahonde la comunión en Cristo. Cuando los católicos
afirman el carácter «meritorio» de las buenas obras, por ello entienden
que, conforme al testimonio bíblico, se les promete una recompensa
en el cielo. Su intención no es cuestionar la índole de esas obras
en cuanto don, ni mucho menos negar que la justificación siempre es
un don inmerecido de la gracia, sino poner el énfasis en la responsabilidad
del ser humano por sus actos.
- Los luteranos
también sustentan el concepto de preservar la gracia y de crecer en
gracia y fe, haciendo hincapié en que la justicia en canto ser aceptado
por Dios y compartir la justicia de Cristo es siempre completa. Asimismo,
declaran que puede haber crecimiento por su incidencia en la vida
cristiana. Cuando consideran que las buenas obras del cristiano son
frutos y señales de la justificación y no de los propios «méritos»,
también entienden por ellos que, conforme al Nuevo Testamento, la
vida eterna es una «recompensa» inmerecida en el sentido del cumplimiento
de la promesa de Dios al creyente.
5. SIGNIFICADO Y ALCANCE DEL CONSENSO LOGRADO
- La interpretación
de la doctrina de la justificación expuesta en la presente declaración
demuestra que entre luteranos y católicos hay consenso respecto a
los postulados fundamentales de dicha doctrina. A la luz de este consenso,
las diferencias restantes de lenguaje, elaboración teológica y énfasis,
descritas en los párrafos 18 a 39, son aceptables. Por lo tanto, las
diferencias de las explicaciones luterana y católica de la justificación
están abiertas unas a otras y no desbarata el consenso relativo a
los postulados fundamentales.
- De ahí que las
condenas doctrinales del siglo XVI, por lo menos en lo que atañe a
la doctrina de la justificación, se vean con nuevos ojos: las condenas
del Concilio de Trento no se aplican al magisterio de las iglesias
luteranas expuesto en la presente declaración y, la condenas de las
Confesiones Luteranas, no se aplican al magisterio de la Iglesia Católica
Romana, expuesto en la presente declaración.
- Ello no quita
seriedad alguna a las condenas relativas a la doctrina de la justificación.
Algunas distaban de ser simples futilidades y siguen siendo para nosotros
«advertencias saludables» a las cuales debemos atender en nuestro
magisterio y práctica (21).
- Nuestro consenso
respecto a los postulados fundamentales de la doctrina de la justificación
debe llegar a influir en la vida y el magisterio de nuestras iglesias.
Allí se comprobará. Al respecto subsisten cuestiones de mayor o menor
importancia que requieren ulterior aclaración, entre ellas, temas
tales como: la relación entre la Palabra de Dios y la doctrina de
la iglesia, eclesiología, autoridad de la iglesia, ministerio, los
sacramentos y la relación entre justificación y ética social. Estamos
convencidos de que el consenso que hemos alcanzado sienta sólidas
bases para esta aclaración. Las iglesias luteranas y la Iglesia Católica
Romana seguirán bregando juntas por profundizar esta interpretación
común de la justificación y hacerla fructificar en la vida y el magisterio
de las iglesias.
- Damos gracias
al Señor por este paso decisivo en el camino de superar la división
de la iglesia. Pedimos al Espíritu Santo que nos siga conduciendo
hacia esa unidad visible que es voluntad de Cristo.
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- Artículos
de Esmascalda, II, 1; Libro de concordia, 292.
- «Rector
et judex super omnia genera doctrinarum» Weimar Edition of Luther's
Works (WA), 39, I, 205.
- Cabe
señalar que las confesiones vinculantes de algunas iglesias luteranas
sólo abarcan la Confesión de Ausburgo y el Catecismo menor de Lutero,
textos que no contienen condenas acerca de la justificación en relación
con la Iglesia católica romana.
- «Report
of the Joint Lutheran-Roman Catholic Sutdy Comission», publicado en
«Growth in Agreement» (Nueva York; Ginebra, 1984) - pp. 168-189.
- Publicado
por la Federación Luterana Mundial (Ginebra, 1994).
- «Lutheran
and Catholics in Dialogue VII» (Minneapolis, 1985).
- Minneapolis,
1990.
- Gemeinsame
Stellungnahme der Arnoldshainer Konferenz, der Vereinigten Kirche
und des Deutschen Nationalkomitees des Lutherischen Weltbundes zum
Dokument "Lehrverurteilungen-kirchentrennend" Ökumenische
Rundschau 44 (1995) : 99-102; including the position papers wich underlie
this resolution, cf. Lehrverurteilungen im Gespräch, Die ersten offiziellen
Stellungnahmen aus den evangelischen Kirchen in Deutschland (Göttingen:
Vandenhoeck & Ruprecht, 1993).
- En
la presente declaración la palabra «iglesia» se utiliza para reflejar
las propias interpretaciones de las iglesias participantes sin que
se pretenda resolver ninguna de las cuestiones eclesiológicas relativas
a dicho término.
- Cf.
«Malta Report» paras. 26-30 «Justification by Faith», paras. 122-147.
At the request of the Us dialogue on justification, the non-Pauline
New Testament texts were addressed in «Righteousness in the New Testament»,
by John Reumann, with responses by Joseph A. Fitzmyer and Jerome D.
Quinn (Philadelphia; New York, 1982), pp. 124-180. The results of
this study were summarized in the dialogue report «Justification by
Faith» in paras. 139-142.
- «All
Under One Christ» p. 14 in «Growth in Agreement», 241-247.
- Cf.
WA 8:106; American Edition 32:227.
- Cf.
DS 1528
- Cf.
DS 1530
- Cf.
Apology II: 38-45, Libro de concordia, 105f.
- Cf.
DS 1515
- Cf.
DS 1515
- Cf.
DS 1515
- Cf.
1545
- Cf.
DV 5.
- Cf.
DV 4.
- «Condemnations
of the Reformation Era», 27.
Nota del traductor:
se dejaron en inglés o alemán las notas al pie de página y los documentos
de referencia que no se han publicado en español.
-
- - - - - - - - - - - - - - - - APÉNDICES
UN DOCUMENTO
HISTÓRICO
«Podemos alegrarnos
por este importante logro ecuménico». Con estas palabras Juan Pablo
II comentó el 28 de junio la «Declaración conjunta sobre la doctrina
de la justificación» firmada por la Santa Sede y la Federación Luterana
Mundial. Se trata de un documento que quiere poner fin a condenas históricas
entre las dos confesiones cristianas.
El pontífice reconoció
que, «si bien la Declaración no resuelve todas las cuestiones relativas
a la doctrina de la justificación, expresa un consenso en verdades fundamentales
de tal doctrina».
ACLARACIONES
DE LA SANTA SEDE A LA DECLARACION CONJUNTA
Al presentar el
25 de junio en la Sala de Prensa de la Santa Sede la «Declaración conjunta
sobre la doctrina de la justificación», el cardenal Edward I. Cassidy,
prefecto del Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos, ilustró
algunas cuestiones del documento que todavía tienen que aclararse para
que alcance el acuerdo total por parte de la Santa Sede.
El cardenal puso
en evidencia que este documento, «sin lugar a dudas, debe ser entendido
como un eminente resultado del movimiento ecuménico y como un hito en
el camino hacia el restablecimiento de la plena unidad visible entre
los discípulos del único Señor y Salvador Jesucristo».
El purpurado reveló
que por parte católica, el proyecto ha sido examinado principalmente
por la Congregación para la Doctrina de la Fe y el Pontificio Consejo
para la Promoción de la Unidad de los Cristianos. Asimismo, aseguró
que la Santa Sede ha recibido una considerable ayuda de los comentarios
ofrecidos por varias Conferencias Episcopales de países en los que un
significativo número de luteranos y católicos viven juntos.
Los límites
de la declaración
Cassidy explicó
que «Al mismo tiempo, la declaración común tiene sus límites. Constituye
un importante progreso, pero no pretende resolver todas las cuestiones
que luteranos y católicos deben afrontar juntos en el camino que han
emprendido para superar su separación y llegar a la plena unidad visible».
«La Iglesia católica
cree que no se puede hablar aún de un consenso tal que elimine toda
diferencia entre católicos y luteranos en la comprensión de la justificación».
«Las dificultades
principales son las relativas al párrafo 4.4 de la declaración común,
sobre la persona justificada como pecadora. (...) La explicación luterana
parece en contradicción con la comprensión católica del bautismo, que
borra todo lo que puede ser propiamente definido como pecado».
«Uno de los puntos
más debatidos de la declaración común se refiere a la cuestión tratada
en el n. 18, relativa al modo según el cual los luteranos comprenden
la justificación, que para ellos constituye el criterio sobre el que
se basa la vida y la praxis de la Iglesia (...). También para los católicos,
la doctrina de la justificación es 'un criterio indispensable que constantemente
orienta hacia Cristo toda la enseñanza y la praxis de nuestras Iglesias'.
Los católicos, sin embargo, 'se sienten vinculados por múltiples criterios'
y la Nota enumera estos últimos».
«Con satisfacción,
la Iglesia Católica ha puesto en evidencia que el n. 21 (...) declara
que el hombre puede rechazar la gracia; pero hay que afirmar también
que, junto a la libertad de rechazar, existe en la persona justificada
una nueva capacidad para adherirse a
la voluntad divina,
una capacidad que --justamente-- se define como 'cooperatio'. Teniendo
en cuenta este modo de comprender, y notando también que en el n. 17
luteranos y católicos expresan la convicción común de que la nueva vida
proviene de la misericordia divina, y no de un mérito nuestro de cualquier
tipo, no se ve bien cómo el término 'mere passive' pueda ser usado a
este propósito por los luteranos».
«La Iglesia católica
mantiene también, junto con los Luteranos, que las buenas obras de la
persona justificada son siempre fruto de la gracia. Al mismo tiempo,
y sin disminuir mínimamente la total iniciativa divina, ésta (la Iglesia)
las considera fruto del hombre justificado e interiormente transformado.
Por lo tanto, se puede afirmar que la vida eterna es, al mismo tiempo,
gracia y recompensa dada por Dios por las buenas obras y los méritos».
«Sería especialmente
deseable proceder a una reflexión más profunda sobre el fundamento bíblico
que constituye, tanto para los luteranos como para los católicos, la
base común de la doctrina de la justificación».
«El acto formal
de la firma de la declaración común está fijado para el próximo otoño,
en una fecha que todavía no se ha establecido y en el marco de las celebraciones
por el consenso alcanzado».
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